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DECRETO 116/2014, de 22 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se crea el fichero de datos de carácter personal "Control de accesos al Palacio de la Justicia de Huesca".

Publicado el 29/07/2014 (Nº 147)
Sección: I. Disposiciones Generales
Emisor: DEPARTAMENTO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

Texto completo:

La Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, establece las condiciones generales que deben reunir los ficheros de datos de carácter personal a efectos de garantizar y proteger los derechos de las personas en lo que se refiere a su utilización y uso. Asimismo, reconoce la capacidad de las diferentes Administraciones Públicas para la creación de ficheros de titularidad pública necesarios para el ejercicio de sus competencias, estableciendo en su artículo 20 la obligación de crear, modificar y suprimir los ficheros que contengan datos de carácter personal, mediante una disposición de carácter general, y la de indicar en ésta los contenidos que expresamente especifica.

Por otra parte, el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, aprobado por Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, en su artículo 54.1.c) establece que la forma de tratamiento de los ficheros de datos de carácter personal debe figurar en las disposiciones pertinentes que regulen tales ficheros.

El Decreto 98/2003, de 29 de abril, del Gobierno de Aragón, por el que se regulan los ficheros de datos de carácter personal gestionados por la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón determina, en su artículo 1, que la disposición de carácter general preceptiva, para este ámbito autonómico, será un Decreto del Gobierno de Aragón, aprobado a propuesta del Consejero de Presidencia y Relaciones Institucionales y cuya iniciativa debe partir del Departamento competente por razón del contenido del fichero. Dicha atribución al Consejero de Presidencia y Relaciones Institucionales hay que entenderla hoy referida al Consejero de Hacienda y Administración Pública. En virtud del artículo 18, apartado w), del Decreto 320/2011, de 27 de septiembre, del Gobierno de Aragón, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Hacienda y Administración Pública, se atribuía a este Departamento «el ejercicio de las competencias asumidas por la Comunidad Autónoma de Aragón en materia de protección de datos de carácter personal». Asimismo, el artículo 2 del Decreto 98/2003, de 29 de abril, establece el contenido necesario de los Decretos por los que se creen o modifiquen los ficheros de datos de carácter personal.

La seguridad y el control de accesos para la protección de los inmuebles y de las personas que acceden y salen del Palacio de la Justicia de Huesca, bien desarrollando su actividad o realizando sus gestiones diarias, llevan a configurar un fichero de datos que trate los datos personales (NIF, apellidos y nombre) de los diferentes colectivos que acceden habitualmente al Palacio de la Justicia de Huesca. De ello resulta que los datos referidos son de carácter personal y necesitan de la protección que establece la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, siendo por tanto el objeto del presente decreto la creación del correspondiente fichero que permita dar cumplimiento a la normativa en materia de protección de datos de carácter personal.

Conforme al Decreto 315/2011, de 27 de septiembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Presidencia y Justicia, corresponde a dicho Departamento el ejercicio de las competencias en materia de Administración de Justicia transferidas por el Estado y las atribuidas por el Estatuto de Autonomía de Aragón.

En su virtud, a iniciativa del Consejero de Presidencia y Justicia, y a propuesta del Consejero de Hacienda y Administración Pública, previa deliberación del Gobierno de Aragón en su reunión celebrada el día 22 de julio de 2014,

DISPONGO:

Artículo 1. Objeto.

El objeto de este Decreto es la creación del fichero de datos de carácter personal "Control de accesos al Palacio de la Justicia de Huesca", tal y como figura en el anexo, de acuerdo con las disposiciones contenidas en el artículo 20.2 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, así como en el artículo 54 del Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, aprobado por Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre y en el artículo 2.1 del Decreto 98/2003, de 29 de abril, del Gobierno de Aragón, por el que se regulan los ficheros de datos de carácter personal gestionados por la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Artículo 2. Responsabilidad sobre el fichero.

Corresponde al titular del órgano responsable del fichero adoptar las medidas necesarias para garantizar la confidencialidad, seguridad e integridad de los datos y hacer efectivo el ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, que en su caso, sean solicitados por los interesados.

Artículo 3. Régimen de protección de datos.

1. El fichero que se crea mediante este Decreto queda sometido a las disposiciones de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre y su normativa de desarrollo y del Decreto 98/2003, de 29 de abril.

2. Los datos registrados en el fichero regulado en este Decreto se usarán exclusivamente para la finalidad y usos para los que fueron creados, y no serán objeto de cesión.

3. El fichero regulado por este Decreto se ajustará, en todo caso, a las medidas de seguridad establecidas en el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre.

Artículo 4. Inscripción en el Registro General de Protección de Datos.

De conformidad con lo establecido en el artículo 39.2 a) de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, el Fichero será inscrito en el Registro General de Protección de Datos dependiente de la Agencia Española de Protección de Datos.

Disposición final primera. Habilitación normativa.

Se faculta al Consejero de Presidencia y Justicia para dictar las disposiciones necesarias para el desarrollo y ejecución del presente Decreto.

Disposición final segunda. Entrada en vigor.

El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza, 22 de julio de 2014.

La Presidenta del Gobierno de Aragón,

LUISA FERNANDA RUDI ÚBEDA

El Consejero de Hacienda y Administración Pública,

JAVIER CAMPOY MONREAL

ANEXO

FICHERO DE DATOS "CONTROL DE ACCESOS AL PALACIO DE LA JUSTICIA DE HUESCA"

Denominación del fichero

Control de accesos al Palacio de la Justicia de Huesca.

Finalidad y usos del fichero

El fichero tiene como finalidad la seguridad y el control de accesos para la protección de los inmuebles y de las personas que desarrollan su actividad en el Palacio de la Justicia de Huesca.

El uso previsto del fichero es el tratamiento de datos de las personas físicas que acceden al edificio, plantas y dependencias del Palacio de la Justicia de Huesca por el sistema de control de accesos.

Personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos

Personas físicas que acceden y salen del edificio, plantas y dependencias del Palacio de la Justicia de Huesca.

Procedimiento de recogida de los datos de carácter personal

Los datos de carácter personal se recogerán mediante la identificación, por el propio interesado o por su representante legal, en el momento de acceso al edificio.

En el caso de colectivos que dispongan de tarjeta de control (personal de la administración al servicio de la justicia, personal de los órganos judiciales, colegios profesionales, etc.), la identificación resultará del uso de ésta, cuyos datos habrán sido previamente recogidos o comunicados.

Estructura básica del fichero, descripción de los tipos de datos de carácter personal incluidos en el mismo y sistema de tratamiento

Estructura básica:

NIF

Nombre y apellidos

Sistema de tratamiento: Automatizado

Cesiones de datos de carácter personal

Las requeridas por los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado o autoridades competentes, así como el resto de cesiones permitidas previstas en el artículo 11 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

Órgano responsable del fichero

Dirección General de Administración de Justicia del Departamento de Presidencia y Justicia del Gobierno de Aragón.

Órgano ante el que se pueden ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición.

Dirección General de Administración de Justicia del Departamento de Presidencia y Justicia del Gobierno de Aragón.

Paseo María Agustín, 36 puerta 22 planta 3

50 071 Zaragoza

Medidas de seguridad

Nivel básico